Los alumnos deben solicitar plaza durante el plazo oficial de matrícula al Decano-a/Director-a del Centro correspondiente.
Los alumnos deben solicitar plaza mediante preinscripción en los plazos establecidos.
Corresponde al Decano/Director, por delegación del Rector (Acuerdo Junta de Gobierno 17-06-1985), la resolución de la solicitud de traslado visto el expediente académico del solicitante y teniendo en cuenta la adecuación o no entre la capacidad del Centro y el número de plazas.
Las resoluciones deberán dictarse con anterioridad a la finalización del plazo de matrícula y podrán ser:
Una vez admitido en el estudio que desea iniciar, tramitará el traslado de expediente en el Centro de procedencia, conforme al plazo establecido, presentando carta de admisión y resguardo de haber abonado la tasa de traslado regulada por el Decreto de precios públicos para el curso académico en vigor.
La solicitud la realizará el alumno en el Centro donde desee continuar los estudios mediante la documentación siguiente:
El plazo de solicitud de traslado para continuar los mismos estudios será del 1 al 31 de julio.