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Profesorado y tutela académica

 

Se consideran prácticas externas las actividades formativas realizadas por estudiantes universitarios en una empresa, entidad u organismo, de carácter público o privado (incluida la propia Universidad de Oviedo) que cumplan con lo dispuesto en el Reglamento (REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, BOPA 30-10-2014) y que sean tuteladas por dos personas: una encargada de la tutela académica, miembro del profesorado de la Universidad de Oviedo, y otra de la empresa, entidad u organismo (tutor o tutora institucional). Por tanto, cada estudiante tendrá asignado un profesor o profesora de la Universidad de Oviedo que se encargará de su seguimiento y apoyo mientras que la empresa o institución colaboradora designará una persona como tutora o instructora que organizará las actividades formativas del alumno de acuerdo con los centros.

Según el Reglamento el tutor o tutora académico tendrá los siguientes deberes:

a) Procurar que la actividad diseñada para el estudiante se lleve a cabo de manera adecuada, resolviendo cuantas incidencias surjan en el transcurso de la actividad.

b) Guardar el secreto profesional con relación a cualquier información confidencial de la entidad que conozca como consecuencia de su actividad como tutor.

c) Mantener el contacto con el tutor de la empresa y el estudiante durante la realización de las prácticas para lograr la efectividad de su seguimiento.

d) Evaluar si las actividades encomendadas por la entidad a los estudiantes se ajustan al programa de prácticas.

e) Emitir un informe de valoración de las prácticas basado en el seguimiento llevado a cabo, en la memoria final presentada por el estudiante y en el informe de la empresa.

f) Proponer la rescisión de las prácticas, previa presentación por escrito de una justificación razonada al respon­sable del programa de prácticas.

Por otra parte, sus derechos son:

a) A recibir toda la información necesaria para el buen cumplimiento y desarrollo de su labor de tutela: datos de la entidad, del estudiante y de las condiciones específicas de las prácticas y del proyecto formativo que regula la relación entre la Universidad y la entidad que oferta las prácticas.

b) Al reconocimiento académico en su labor de tutela, en los términos que establezca la Universidad de Oviedo.

c) A la compensación, en su caso, de los gastos originados por la tutela de las prácticas, de acuerdo con lo que establezca la Universidad de Oviedo.

La persona encargada de la tutela académica en cada práctica será designada por la Facultad y evaluará las prácticas desarrolladas, cumplimentando el correspondiente informe de valoración final que se basará en el seguimiento llevado a cabo, en el informe del tutor o tutora de la entidad y en la memoria final entregada.

El único requisito para poder ser tutor o tutora es formar parte del PDI (están excluidas las personas contratadas a partir de una beca) y tener docencia asignada en los grados en los que se realice la tutela. Si quiere realizar la tutela académica de prácticas externas, por favor, póngase en contacto con la Unidad de Prácticas (practicascampusmilan@uniovi.es) o el Vicedecanato de Prácticas Externas y Relaciones con la Empresa (vice.practicas.fyl@uniovi.es).

Algunas plazas en empresas ya tienen tutores asignados de cursos anteriores y, como indica el procedimiento de nuestra Facultad, estos se mantendrán en posteriores cursos, no siendo necesaria ninguna comunicación al respecto. Sin embargo, todos los años tenemos nuevos destinos de prácticas que carecen de tutor o tutora académicos, así como prácticas nuevas pactadas por los propios estudiantes y las empresas, por lo que cada curso se necesita asignar nuevos tutores y tutoras.

   Guía de prácticas externas para el tutor académico.

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