La formalización de la matrícula en estudios oficiales de la Universidad de Oviedo se realiza en un único plazo, sin perjuicio del fraccionamiento de su pago. Este procedimiento incide académica y económicamente en las decisiones de los estudiantes, lo que aconseja, en aras a facilitar al alumnado una flexibilidad en su itinerario curricular durante el curso académico, establecer un procedimiento de ampliación y anulación de matrícula que permita a los estudiantes obtener un satisfactorio rendimiento académico modificando decisiones anteriores.
Asimismo, la implantación de los nuevos estudios oficiales en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior, introduce varias novedades entre las que cabe destacar: una nueva organización de las enseñanzas que favorece la flexibilidad y la diversificación curricular; la movilidad como objetivo fundamental; un nuevo modelo de enseñanza-aprendizaje; un reforzamiento del papel de los estudiantes en la gestión pública de la enseñanza superior, en el proceso de aprendizaje y en su capacidad de autoorganización, potenciando con ello la toma de sus propias decisiones académicas.
Además, la implantación de un nuevo régimen de permanencia y progreso en los estudios oficiales a partir del curso 2011-2012, requiere dotar a los estudiantes de herramientas que permitan acomodar sus decisiones al discurrir académico del curso y dotar de seguridad jurídica, tanto a las actuaciones de los empleados públicos como a las decisiones de los alumnos.
La resolución de ampliación de matrícula estará sujeta a los siguientes criterios:
La ampliación de créditos optativos estará condicionada a la efectiva oferta de los mismos y a que no genere nuevos grupos ni necesidades docentes.
La Administración universitaria procederá a la anulación de matrícula, a petición del interesado, conforme a los siguientes criterios:
La anulación de matrícula íntegra de primer curso completo conlleva la anulación de la preinscripción (en los estudios con límite de plazas) y de la adjudicación de la plaza concedida. En el supuesto de que el estudiante desee volver a matricularse en años posteriores, deberá someterse nuevamente al procedimiento de admisión.
Se podrá solicitar anulación hasta treinta días naturales antes del inicio del período de evaluación correspondiente.
La solicitud de ampliación o anulación de matrícula que implique cambio de régimen de dedicación, requiere la previa resolución sobre el mismo por la Comisión de cambio de régimen de dedicación de estudiantes de Grado y de Máster Universitario.
Aquellos alumnos que tengan créditos de libre elección pendientes para finalizar sus estudios, podrán solicitar ampliación de matrícula de asignaturas ofertadas que se impartan durante el segundo semestre y no tengan límite de plazas.
Corresponde a los Decanos y Directores de Centro la resolución de la ampliación y anulación de matrícula, debiendo motivarse en caso de denegación, de acuerdo con los criterios previstos en la presente Resolución y en las normas aplicables.
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